Una guía de género para jueces califica de «maltrato institucional» cuestionar la versión de la mujer
El manual de 'buenas prácticas' confeccionado por el grupo de expertos en violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y orientado a jueces, contiene recomendaciones sobre la toma de declaración a mujeres víctima de violencia machista para que eviten "revictimizarlas"
«Maltrato institucional». Así define el grupo de expertos en violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) -en una guía de ‘buenas prácticas’ para jueces – las situaciones en las que se pone en duda la versión de las mujeres «víctima de violencia» en su primera toma de declaración.
«El primer contacto con la Administración de Justicia no puede conllevar un rechazo de los encargados de recibir a las víctimas cuestionando que sea cierto lo que está contando», añade el manual que se ha facilitado a los jueces.
El objetivo del manual es que las «víctimas de violencia de género» no sean «revictimizadas» por el poder judicial y que se sientan respaldadas y comprendidas con arreglo al sistema legal vigente, apuntan sus autores: los magistrados Mª José Barbarín Urquiaga, Mª Auxiliadora Diaz Velázquez, Gemma Gallego Sánchez, José María Gómez Villora, Vicente Magro Servet, Almudena Nadal Siles, Ricardo Rodríguez Ruiz y María Tardón Olmos.
El manual advierte de la importancia que tiene dar presunción de veracidad a la primera declaración de la víctima. Al entender que la misma «determina, muchas veces, el éxito o el fracaso de la instrucción» y contribuye en la determinación del órgano judicial competente para la investigación de los hechos, con la finalidad de eludir la «victimización secundaria» y el «peregrinaje de la mujer» por sucesivos interrogatorios.
El manual recomienda a los jueces dar presunción de veracidad a la primera declaración de la mujer víctima de violencia de género
Sin perjuicio de que «quedará a la valoración de la prueba por el juez de enjuiciamiento tras el juicio correspondiente» la certeza de los hechos denunciados.
En los supuestos de agresiones mutuas, en cambio, la guía recomienda ser especialmente escrupulosos en la forma utilizada para «indagar sobre el carácter recíproco o no» de las mismas, con el fin de no «automatizar» en el caso de la mujer una doble condición de víctima e investigada de forma simultánea «a partir de la mera manifestación del sujeto varón activo que afirma haber sido, también, agredido en el mismo episodio».
Más allá del Pacto de Estado
Al grupo de expertos se le encargó confeccionar, inicialmente, un protocolo de actuación específico y coordinado entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la Administración de Justicia para la toma de declaración de los menores en las denuncias por violencia doméstica, en cumplimiento a la medida número 51 del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Sin embargo, los integrantes del mismo trascendieron la literalidad de lo establecido en la norma y elaboraron esta guía de ‘buenas prácticas’ haciéndola extensiva a todas las víctimas de violencia de género, con especial énfasis en la mujer.
La propia guía reconoce que, en realidad, todas las indicaciones «ya están recogidas en el ordenamiento jurídico»
«Que no se sienta humillada de nuevo» destaca el manual. Donde también se detalla que ante el paso de la víctima de presentar una denuncia, en ningún caso puede percibir ésta «la indiferencia de los poderes públicos, sobre todo el judicial», «la insensibilidad del sistema legal» o «la insolidaridad de la sociedad».
Y para ello insiste la colección de recomendaciones que en los casos en los que la mujer no solicite medidas de protección, minimice la gravedad de los episodios denunciados, asegure no tener miedo al investigado o se acoja a su derecho a no declarar, tendrán que averiguar los jueces si existen circunstancias de riesgo real para ella y sus hijos, si los tuviera.